Parámetros para la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia.

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SISTEMA INFORMATIVO INRAI - 11 de Abril de 2026

Documento que representa la adopción oficial


El Ministerio de Salud ha publicado la Resolución 051 de 2023, documento que representa la adopción oficial de la regulación única para la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), teniendo en cuenta las consideraciones hechas en la materia por parte de la Corte Constitucional en la Sentencias C-355 de 2006, SU-096 de 2018 y C-055 de 2022.

Cabe anotar que, si bien Colombia cuenta con indicaciones técnicas para realizar este procedimiento, como parte de la RIA para la población materno-perinatal, el nuevo documento unifica criterios de obligatorio cumplimiento para las entidades promotoras de salud, las entidades que administren planes voluntarios de salud, la Superintendencia Nacional de Salud y los actores que participen de actividades de promoción y mantenimiento de la salud, así como de prevención de la enfermedad.

De acuerdo con la resolución, la atención en salud deberá adecuarse, según el caso, a la edad, nivel de educación, nivel socioeconómico, etnia, identidad de género, condición de discapacidad o si se trata de población rural o urbana. Aunque la IVE podrá llevarse a cabo a partir de la manifestación de la voluntad de la niña, adolescente, mujer o persona gestante, en los embarazos mayores a la vigésimo cuarta (24) semanas de gestación se deberá comprobar alguna de las causales establecidas por la Corte Constitucional para autorizar el procedimiento:

Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas o de incesto denunciada. El profesional de salud que realiza la atención o el personal que designe el prestador deberá dar aviso del hecho a las autoridades competente si el hecho no ha sido denunciado.

La existencia de una grave malformación del feto que implique que este probablemente no vivirá, certificado por un profesional de la medicina que determine esa condición.

El riesgo para la vida o la salud física, mental o social de la mujer o persona gestante con la continuación del embarazo, certificado por un médico o profesional de la psicología.

“Una vez el profesional de la salud identifique la configuración de alguna de las causales, corresponde únicamente a la mujer o persona gestante, decidir sobre el riesgo que está dispuesta a asumir para continuar o no con el embarazo y en todo caso se registrará su voluntad en la historia clínica”, señala la Resolución 051 de 2023.

 

 


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